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Avances en la igualdad

Gracias a tus compras hemos logrado:

302 días de refugio para mujeres y sus infancias en situación de violencia

Los días de refugio son operados por la Red Nacional de Refugios e incluyen: hospedaje, 3 alimentos y 2 colaciones, vestimenta, atención integral especializada: médica, psicológica, jurídica, trabajo social, psicopedagogía, enseres de higiene personal, acciones de emprendimiento más los servicios habitacionales y de seguridad.

Conoce más sobre la Red Nacional de Refugios

160 Despensas para mujeres afectadas por el huracán OTIS en Acapulco

Las despensas son operadas por APIS Sureste: Fundación para la Equidad A. C.

57 Acompañamiento legal y psicológico a mujeres que sufren violencia de género

El acompañamiento legal y psicológico es operado por No Es Una Somos Todas

Conoce más sobre la Red Nacional de Refugios

39 consultas multidisciplinarias para mujeres con trastornos alimenticios

Las consultas son operadas por Fundación APTA

23 Días de refugio para personas migrantes LGBTQ+

Los días de refugio son operados por la Fundación Arcoíris.

8 Talleres de autoempleo para mujeres

Los talleres de autoempleo son operados por Crea e incluyen diversos conocimientos prácticos para poder emprender exitosamente o mejorar un emprendimiento actual.

Conce más sobre Crea
Maquila Justa

Maquila Justa

El término Maquila Justa a menudo se usa para referirse al trabajo con pequeños talleres o cooperativas independientes que cuidan que el pago y el trato sea justo. Actualmente Igualdad produce bajo este modelo porque es la mejor opción disponible que hemos encontrado en México, sin embargo, no lo consideramos suficiente. Conforme escale nuestro volumen de producción, iremos avanzando hacia nuestro ideal de maquila justa.

Durante el 2023 evolucionaremos a una taller propio que cumpla con las siguientes características:

Contrato y prestaciones

- Todas las personas deben contar con contrato laboral.

- Todas las personas trabajadoras deben estar dadas de alta ante el IMSS por el monto completo de su sueldo.

- Jornada laboral de 8 horas, 6 días a la semana. Las horas extras no deberán exceder lo previsto en la ley (no excedan más de 3 al día y no más de 3 días con horas extras a la semana).

- Pago de aguinaldo, vacaciones, horas extras y reparto de utilidades.

Maternidad, paternidad y trabajo de menores

- No contratar a personas menores de 15 años y cumplir con las exigencias para menores de 18.

- No solicitar pruebas de embarazo en ningún momento.

- Respetar permisos de paternidad, maternidad y lactancia.

Condiciones de trabajo

- Cumplir con la NOM-035-STPS.

- El lugar de trabajo debe cumplir con estándares de higiene y seguridad. Usar materias primas que no afecten la salud de las personas trabajadoras.

- Brindar un tiempo de mínimo 30 minutos para comer.

- Contar con tiempo abierto para acudir al baño.

Derechos

- Garantizar la libertad de asociación y el derecho a la negociación colectiva.

- Contar con un mecanismo que permita a las personas trabajadoras presentar quejas directamente a sus supervisores.

En el mediano plazo nuestro taller de maquila justa cumplirá con las siguientes características:

Contrato y prestaciones

- Establecer un horario de trabajo de acuerdo con la ley, que contemple una jornada máxima de 8 horas diarias con descanso mínimo de un día por cada 6 trabajados. Las horas extras deberán ser controladas, pagadas y no excesivas, en cumplimiento con lo establecido en la ley.

- Garantizar una remuneración que permita llevar una vida digna al trabajador y su familia. La remuneración debe contemplar con lo establecido por la ley como es el pago de aguinaldos, vacaciones, horas extras y reparto de utilidades.

- Registrar a todas las personas trabajadoras ante el seguro social, con el salario y contribuciones actualizadas. 

- Contar con políticas que permitan a las y los trabajadores conciliar sus obligaciones laborales con su vida personal y familiar. Algunas de estas medidas pueden ser: licencia de maternidad y paternidad extendido al establecido en la ley, flexibilidad de horario, servicios de cuidado infantil, permiso para personas cuidadoras, entre otras.

Maternidad, paternidad y trabajo de menores

- Durante el embarazo no se deberán exigir esfuerzos que pongan en riesgo la salud en relación a la gestación. Se deberá garantizar un periodo mínimo de 6 semanas antes y 6 semanas después del parto, o de 3 semanas en el momento que lo permita su salud en relación con la gestación y cuando lo decida la trabajadora, con salario íntegro, conservando su empleo y derechos adquiridos. Además, se deberán respetar los horarios establecidos en la ley para la lactancia materna. 

- Estará prohibido el trabajo para personas menores de 15 años. Las personas menores de 18 tendrán como jornada de trabajo máxima de seis horas diurnas, sin posibilidad de trabajar horas extras, además de cumplir con los requisitos establecidos en la ley.

Condiciones de trabajo

- Contar con políticas y prácticas que garanticen la igualdad de oportunidades y sean libres de discriminación. La igualdad y no discriminación debe permear procesos como la selección y contratación, desarrollo de carrera, capacitación, asignación de salarios y bonos, entre otros.

- Contar con estrategias para la prevención y atención de la violencia en el empleo. 

- Cumplir con estándares apropiados de higiene, salud (física y psicológica) y seguridad en el entorno laboral, en cumplimiento con las obligaciones que establece la ley.

Derechos

- Garantizar a las personas trabajadoras la posibilidad de asociarse o afiliarse a un sindicato o cualquier otra forma de organización laboral para la defensa de sus propios intereses.